Nueva ley asegura pasajes aéreos solidarios para enfermos críticos

El pasado 20 de octubre de 2026, el presidente Rodrigo Paz promulgó la Ley N.º 1780, que otorga el derecho a pasajes aéreos solidarios, tanto nacionales como internacionales, para pacientes que padecen cáncer, enfermedades terminales o se encuentran en estado crítico y necesitan trasladarse a otras ciudades para recibir atención médica.
La nueva normativa establece que los beneficiarios deberán contar con un certificado emitido por la autoridad de salud más cercana para acceder a este beneficio. Además, se contempla la posibilidad de que un acompañante lo asista durante el viaje, y en el caso de pacientes menores de edad, se permitirá la inclusión de hasta dos acompañantes.
Este marco legal busca facilitar el traslado de pacientes que requieren atención médica fuera de su lugar de residencia, involucrando a aerolíneas tanto públicas como privadas en su implementación.
Obligaciones de las aerolíneas para asegurar el servicio adecuado
La Ley N.º 1780 requiere que las compañías aéreas reserven el espacio necesario para los pacientes y sus acompañantes, de acuerdo a sus necesidades médicas. También deben proporcionar condiciones adecuadas para un viaje cómodo y seguro, garantizando la salud de los usuarios.
Las aerolíneas están obligadas a emitir los pasajes con antelación a la fecha de la consulta médica, y no podrán negar la emisión de boletos sin una justificación válida, conforme a la Ley General del Transporte.
Para acceder a los pasajes solidarios, los pacientes deben presentar un certificado médico (físico o digital) de hospitales nacionales o internacionales. Este documento no requiere formalidades excesivas y debe ser validado de inmediato por la autoridad de salud correspondiente.
Los costos de los pasajes solidarios serán considerados gastos deducibles para las aerolíneas al calcular el Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas (IUE). Sin embargo, los beneficiarios deben cubrir el Impuesto a las Salidas Aéreas al Exterior (ISAE) y otros impuestos pertinentes, sin que se les impongan cobros adicionales por el servicio de pasajes.
Las aerolíneas que incumplan con las obligaciones establecidas en esta ley enfrentarán sanciones por parte de la autoridad competente. En caso de irregularidades en los certificados médicos, se remitirán los casos al Ministerio Público para acciones legales contra los implicados.
Finalmente, se ha establecido un plazo de 30 días desde la publicación de la ley para que el Ministerio de Obras Públicas, junto con el Ministerio de Salud y Deportes, desarrolle la reglamentación necesaria para su implementación efectiva.