Nuevo Decreto 5704 facilitará la importación de combustibles en Bolivia

El Decreto Supremo 5704, que entrará en vigor el 10 de octubre de 2026, tiene como objetivo simplificar la importación de combustibles como el petróleo crudo, diésel y gasolina. Este reglamento fue aprobado por el Presidente Rodrigo Paz y su gabinete el 14 de septiembre de 2026.
La normativa modifica el artículo 104 del Reglamento de la Ley General de Aduanas e introduce un apartado nuevo para facilitar el proceso de importación, en el contexto de la emergencia energética y social declarada en enero de 2026.
Para obtener la autorización previa de importación, se establecen cinco requisitos excepcionales que los importadores deberán cumplir. Estos requisitos son: una nota de solicitud firmada por el interesado, una copia del documento que respalde la constitución del proveedor, una copia simple de la Resolución Administrativa del depósito transitorio y una descripción del producto junto con su volumen.
Las entidades reguladoras, como la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) y la Dirección General de Sustancias Controladas (DGSC), están obligadas a emitir las autorizaciones dentro del siguiente día hábil tras recibir la documentación necesaria, a menos que existan observaciones que lo impidan.
El decreto también especifica que todos los combustibles que ingresen al país deben cumplir con las normas de calidad vigentes. Además, la transferencia de gasolina, diésel y petróleo crudo podrá realizarse de manera parcial, con posibilidad de reembarque para la mercancía no transferida.