Refinerías podrán importar petróleo crudo tras nuevo decreto

El 7 de septiembre de 2026, el presidente Rodrigo Paz Pereira junto a su gabinete, promulgó el Decreto Supremo N.º 5701, que otorga de manera excepcional la autorización a las refinerías bolivianas para importar petróleo crudo. Esta medida se enmarca en la emergencia energética que enfrenta el país y busca aumentar la disponibilidad de combustibles ante la crisis de abastecimiento que persiste.
Una de las principales características del decreto es que solo las refinerías habilitadas podrán importar el crudo, el cual debe ser posteriormente procesado en el país. Una vez refinados, estos combustibles podrán ser vendidos directamente al mercado.
El volumen de petróleo que se podrá importar será determinado por el Comité de Producción y Demanda (PRODE) y el crudo deberá cumplir con los estándares técnicos de calidad establecidos por el Ministerio de Hidrocarburos y Energías.
Además, los combustibles derivados del petróleo importado podrán comercializarse a precios de mercado, permitiendo a las refinerías vender sus productos a distribuidores, grandes consumidores, estaciones de servicio y clientes directos. También se permitirá la exportación de excedentes, pero requerirá de autorización previa.
El nuevo decreto establece una tasa de 0,00 bolivianos por litro en el Impuesto Especial sobre Hidrocarburos y Derivados (IEHD) para la venta interna de los productos derivados del petróleo importado, vigente hasta el 31 de diciembre de 2030. Asimismo, modifica varios mecanismos relacionados con el IEHD y los precios de los combustibles elaborados en el país, añadiendo elementos de nivelación para productos como gasolina especial y diésel.
Asimismo, tanto YPFB como las refinerías podrán adquirir crudo reconstituido y gasolinas blancas de origen nacional, a precios que serán acordados entre las partes involucradas. Con estas acciones, el Gobierno intenta diversificar las fuentes de abastecimiento y disminuir los costos de importación de combustibles en un contexto de escasez de dólares y caída en la producción nacional.
Finalmente, el DS 5701 abroga el Decreto Supremo N.º 5548, que había sido emitido en febrero de 2026.